
En respuesta a una supuesta “lista de alimentos que se pueden ingresar a los cines”
que ha circulado recientemente en redes sociales y algunos medios de comunicación, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) aclara que no ha emitido ni difundido dicha información a través de sus canales oficiales.
La Profeco enfatiza que, según la Ley Federal de Protección al Consumidor, los cines en México no pueden prohibir la entrada de alimentos adquiridos fuera de sus instalaciones. El artículo 58 de esta ley establece que los proveedores de bienes y servicios no deben discriminar ni condicionar la compra de productos para brindar atención. Por lo tanto, impedir el acceso con comida externa constituye una práctica ilegal. 
Además, la Profeco señala que la revisión de pertenencias personales, como mochilas, por parte del personal de los cines es una práctica no permitida. Aunque los empleados pueden solicitar voluntariamente la inspección del contenido, no pueden obligar a los clientes a hacerlo. En caso de que un cine niegue el acceso por ingresar con alimentos externos o insista en revisar pertenencias sin consentimiento, los consumidores tienen el derecho de presentar una queja ante la Profeco para proteger sus derechos. 
La Profeco invita a los consumidores a informarse únicamente a través de sus canales oficiales y a no dejarse engañar por información no verificada que circula en redes sociales. Para cualquier duda o denuncia, se recomienda contactar directamente a la institución.
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