Por mayoría de tres votos a favor y dos en contra, el TEPJF resolvió que constitucionalmente no es viable suspender el proceso de elección de ministros y magistrados.

El Tribunal Electoral determinó que las suspensiones de amparo contra la reforma judicial no tienen validez, permitiendo que el proceso electoral para la elección de jueces y magistrados continúe sin interrupciones.

En su resolución, el Tribunal señaló que, conforme a la Constitución, la elección de jueces no puede ser suspendida ni limitada por ninguna autoridad. Explicó que los actos relacionados con procesos electorales no pueden ser detenidos mediante amparos, ya que las reformas constitucionales no son revisables.

Aunque la mayoría de los magistrados respaldó la decisión, dos votaron en contra: Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón. Ambos argumentaron que la decisión podría generar más incertidumbre jurídica sobre la reforma al Poder Judicial y complicar aún más el litigio en torno a la misma. Otálora Malassis sugirió que se posponga la resolución hasta que la Suprema Corte resuelva los casos pendientes relacionados con la reforma.

El TEPJF reiteró que la máxima autoridad electoral es el mismo Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y que ninguna otra entidad puede sustituir sus funciones. Además, subrayó que los amparos no pueden detener el proceso electoral. A favor de la resolución votaron la magistrada presidente Mónica Soto y Felipe de la Mata, quienes defendieron que la decisión se ajusta estrictamente a la Constitución.

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